¿Qué significa formalizar una empresa?
La formalización es el proceso que llevan a cabo las empresas para incorporarse a la economía formal.
Presenta diversas dimensiones:
• Registro y concesión de licencias por parte de las autoridades
nacionales y municipales;
• Acceso a la seguridad social para los empleados;
• Cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente, entre otras
cosas en materia de impuestos, cotizaciones a la seguridad social
y legislación laboral.
Ver video: «La formalización es un proceso gradual»
Para mayor información contactanos aqui…
Correo electrónico registromipymes@mic.gov.py o vía telefónica a los números 021 616 3043 al 45
Con la formalización de las empresas se podrán:
- Reducir obstáculos que impiden su entrada en el mercado, agilizando los trámites registrales, concesión de licencias y cumplimiento de la legalidad;
- Incentivar la formalización mediante el acceso a los mercados, el aumento de la cobertura de la seguridad social y la equidad de los impuestos u otras obligaciones financieras;
- Aumentar la productividad a través de la modernización empresarial, la formación técnica y el acceso a servicios de financiación y de desarrollo empresarial;
- Facilitar el diálogo ayudando las organizaciones de empleadores a que desarrollen servicios pertinentes y participen en asociaciones de empresas informales y órganos de representación mediante la promoción activa de estas medidas;
- Fortalecer la aplicación y el cumplimiento de la legalidad mediante medidas preventivas y correctivas.

Cédula Mipymes, beneficios, categorización

Estos son algunos beneficios de ser formal
Ley 4457/2012 – Ley de las Mipymes y su Decreto Reglamentario Nº 11453/2013
- Atención permanente ante las necesidades de las MIPYMES.
- Capacitación gratuita en todo el país en Gestión Empresarial, temas necesarios y de interés.
- Asistencia técnica.
- Apoyo a las MIPYMES en promoción empresarial.
- Acceso al mercado nacional formal.
- Acceso al mercado internacional para exportación – EXPORTA FACIL.
- Beneficios como proveedores del Estado para MIPYMES, SIPE – DNCP (Subasta a la Baja Electrónica).
- Posibilidad de acceso como beneficiarios en Programas de apoyo con fondos concursables no reembolsables para las MIPYMES.: Programa de Competitividad de las Mipymes (PCM) y el Programa de Formalización para Acceso a Mercados (PFAM).
- Diseño y alojamiento de páginas web gratuitas. https://www.kolau.es/mic-paraguay
- Acceso al Programa de Abogado Probono p/Microempresas en Convenio con la Dirección Nacional de la Propiedad Intelectual. para solicitudes de Registro de Marcas. Ver «Reglamento o procedimiento para acceder al beneficio»
- Tasas diferenciadas reducidas del 50% al 100% para MIPYMES en certificados y constancias en el Viceministerio de Industria, Ministerio de Industria y Comecio.
- Tasas diferenciadas reducidas al 50% y simplificación de trámites en registros INAN (rubro alimentos).
- Tasas diferenciadas reducidas al 50% en la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS) para Microempresas. (Ver Resolución 65/2022)
- Fondo de Garantías para MIPYMES.
- Capacidades Empresariales (Formalización/Capacitación/Asistencia Técnica/Créditos).
- Tasa cero en el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE).
- Posibilidad de Régimen Laboral Simplificado – MTESS.
- Posibilidad de seguro Social – IPS.
- Sustitución del 100% de multas por capacitación en el Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) – por omisión en la presentación de Planillas Laborales.
- Posibilidad de reducción de tasas y simplificación de trámites en otras instituciones públicas.

Reunión de la mesa de simplificación de trámites e incentivos Resultados y Avances 2020 y 2021 - 23 de junio de 2021
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Deseas conocer cuales son las Mipymes que ya están registradas y con acceso a los beneficios que les otorga la Ley, dale click al siguiente acceso:
Datos abiertos «Registro de Mipymes»
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Empresa por Acciones Simplificadas
NUEVO TIPO DE PERSONERIA JURÍDICA EN PARAGUAY
Características
- Se tramita totalmente en línea, sin la necesidad de acudir a ninguna oficina pública y desde cualquier dispositivo electrónico, en un máximo de 72 horas y con costo CERO con la utilización de los estatutos estándar.
- No precisa un capital mínimo para conformarse.
- Establece la separación, persona física de la persona jurídica, para que el patrimonio personal del socio (o los socios) permanezca protegido. Permite que las empresas permanezcan y crezcan, generando más empleos.
- Los integrantes de la EAS responden hasta el límite de sus aportes comprometidos.
- Tributa como persona jurídica, de acuerdo a sector de actividad e ingreso.
- Deben emitir solamente acciones nominales.
- No necesita publicar su creación en un medio masivo de comunicación ya que es publicado en esta página web del MIC.
- La constitución podrá realizarse por contrato o acto unilateral por medio de instrumento público o privado con certificación de firmas.
- Adquirirá personalidad jurídica (distinta a la de sus integrantes) desde el momento de su inscripción en el Ministerio de Hacienda.
- No se requiere que la misma sea inscripta en el Registro Público de Comercio para poder operar.
- Su inscripción debe tramitarse en el Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE), mediante un formulario único para la inscripción y un modelo de estatutos sociales